Código Ético

1. Presentación de GRUPO AGROMOTOR

2. Introducción

3. Ámbito de aplicación

4. Pautas de conducta:

• Derechos fundamentales
• Respeto a las personas
• Igualdad de oportunidades y no discriminación
• Seguridad y Salud
• Protección y cuidado de la marca, imagen y reputación corporativa
• Respeto por el medioambiente
• Blanqueo de capitales e irregularidades de pago
• Soborno, regalos y atenciones
• Utilización de los activos de la empresa
• Conflicto de intereses
• Relaciones con los clientes
• Relaciones con los proveedores
• Relaciones con autoridades y funcionarios
• Confidencialidad de la información y protección de datos
• Cumplimiento de la norma
• Vigencia

1. Presentación de GRUPO AGROMOTOR

La compañía AGROMOTOR, AGRICULTURA Y MOTORIZACION, S.A., con CIF A-01285386, en adelante GRUPO AGROMOTOR compuesta a estos efectos por las empresas filiales que se detallan más adelante, es una sociedad mercantil cuyo objeto social es la realización de todo tipo de actividades relacionadas con:

• Distribución de vehículos (VN y VO)
• Mantenimiento y reparación de vehículos
• Distribución y logística de piezas de recambio
• Actividades financieras y operaciones de renting de vehículos y otros activos, así como alquiler de vehículos a corto plazo, rentacar
• Intermediación en actividad de seguros
• Actividades inmobiliarias (promoción, inversión y arrendamiento) de todo tipo de inmuebles propios o de terceros

Las sociedades filiales de AGROMOTOR, AGRICULTURA Y MOTORIZACION, S.A. y que a estos efectos componen el GRUPO AGROMOTOR, son las siguientes:

• AGROMOTOR AGRICULTURA Y MOTORIZACION S.A.
o INVERSIONES Y SERVICIOS INTEGRALES DE AUTOMOCION S.L. (INSISA) que a su vez participa en las sociedades:
 AUTOMOCION AGROMOTOR S.A.
 KAREALDE S.A.
 RIOJANA DE AUTOMOCION S.A.
 SEGUROS INSISA S.L.
o INMOBILIARIA AGROMOTOR S.L.
o E. RENTING S.L.

Dichas empresas y las personas que lo integran, personal directivo, mandos intermedios y empleadas y empleados se adhieren al presente Código Ético y de Conducta, que les es de aplicación.

2. Introducción

El Código Ético y de Conducta del Grupo Agromotor tiene como firme objetivo establecer las pautas, valores y principios por los que ha de regirse el comportamiento de las personas de la organización, en lo que respecta a las relaciones de la empresa con las partes interesadas, tanto en lo que se refiere a la actividad laboral de la empresa con sus personas trabajadoras, como a sus relaciones con clientes, proveedores y colaboradores externos, accionistas, instituciones públicas y privadas y la sociedad en general.

Este Código Ético y de Conducta se basa en la definición de la Política, Valores y Principios definidos por el Grupo Agromotor, y constituye una guía de actuación para asegurar un comportamiento adecuado en el desempeño profesional de su personal.

Para ello, el Código:

• Facilita el conocimiento y la aplicación de la cultura empresarial firmemente asentada en el cumplimiento de los derechos humanos y sociales y en la efectiva integración en la compañía de todo el colectivo de personas trabajadoras, con respeto de su diversidad.

• Establece el principio de debida diligencia para la prevención, detección y erradicación de conductas irregulares, cualquiera que sea su naturaleza, comprendiendo, entre otros, el análisis de los riesgos, la definición de responsabilidades, la formación del personal y, en su caso, de terceros relacionados directamente con la compañía y la formalización de procedimientos, en especial, para la notificación e inmediata eliminación de conductas irregulares.

• Tiene en cuenta el principio de responsabilidad penal de las personas jurídicas, recogido en el ordenamiento jurídico de diversas jurisdicciones donde el Grupo Agromotor opera y previene y proscribe la existencia de comportamientos que puedan determinar la responsabilidad de la compañía entre sus representantes legales, administradores, personas trabajadoras o por cualquier otra persona que esté sometida a la autoridad del personal de la compañía.

1. Ámbito de aplicación

El presente Código Ético y de Conducta va dirigido a gerencia, miembros del equipo directivo y en general a todo el personal con independencia de la posición que ocupe o del lugar en el que desempeñen su trabajo. Por otra parte, el Grupo Agromotor promoverá e incentivará entre sus proveedores y empresas colaboradoras la adopción de pautas de comportamiento coherentes con las que se definen en este Código Ético y de Conducta. La Dirección pondrá todos los medios a su alcance para difundir la Misión, Visión, Valores y Principios de la empresa y hacer cumplir las pautas recogidas en el presente Código.

Los criterios de conducta recogidos en el presente Código Ético y de Conducta no pretenden regular todos y cada uno de los comportamientos posibles, sino establecer unas pautas de conducta que les orienten en su forma de actuar durante el desempeño de su actividad profesional.

El Código será notificado personalmente a todos sus equipos directivos y plantilla, quienes deberán asumir por escrito el compromiso de su cumplimiento.

Todas las personas trabajadoras pueden consultar a su superior jerárquico, al responsable de Compliance o a cualquier miembro del comité ético, cualquier duda sobre la interpretación de las pautas de conducta que aparecen recogidas.

2. Pautas de conducta

El Código Ético y de Conducta determina pautas específicas de actuación en las siguientes áreas de contenidos:

2.1. Derechos Fundamentales

Todas las personas que pertenecen a la empresa se comprometen a respetar en todas sus actividades los derechos fundamentales de las personas y las libertades públicas reconocidas por los acuerdos nacionales e internacionales, estableciendo la obligación de desempeñar todas sus actividades con pleno respeto a la dignidad humana.

Grupo Agromotor cumple con la legislación vigente en materia de contratación. Además, respeta la libertad de asociación y reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva, así como la eliminación de toda forma de trabajo forzoso o realizado bajo coacción.

Todas y todos los empleados deben evitar cualquier conducta, que aún sin violar la ley, pueda perjudicar la reputación de la organización ante la comunidad, el gobierno del país u otros organismos, y afectar de manera negativa a sus intereses.

Asimismo, exigirá a proveedores y empresas externas con las que mantenga relaciones comerciales, que respeten estos principios, y establecerá este requisito como un criterio más para su selección y para el mantenimiento de las relaciones comerciales.

2.2. Respeto a las personas

La empresa rechaza cualquier manifestación de acoso físico, psicológico, sexual, moral o de abuso de autoridad, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno intimidatorio u ofensivo con los derechos de las personas. Los empleados y empleadas de la empresa deben tratarse con respeto propiciando unas relaciones cordiales y un entorno de trabajo agradable, saludable y seguro. Todas las personas trabajadoras tienen la obligación de tratar de forma justa y respetuosa a sus compañeros y compañeras, a sus superiores y a sus subordinados y subordinadas.

De la misma forma, las relaciones entre las personas trabajadoras y los de las empresas o entidades colaboradoras externas estarán basadas en el respeto profesional y la colaboración mutua.

La Dirección se compromete a investigar todas las denuncias sobre acoso, para lo cual se establece un Protocolo contra el acoso sexual y el acoso por razón de sexo en el trabajo.

2.3. Igualdad de oportunidad y no discriminación

Es un principio básico que se cumpla el principio de igualdad de trato y oportunidades en el trabajo a todos los efectos y en todos sus ámbitos. Estamos comprometidos en la lucha contra la discriminación en cualquiera de sus formas, directa o indirecta, no admitiéndose por tanto discriminaciones por razón de sexo, estado civil, edad dentro de los límites marcados por el ordenamiento jurídico, raza, condición social, ideas religiosas o políticas, afiliación o no a un sindicato, etc.

La empresa está comprometida con el desarrollo profesional y personal de sus personas trabajadoras, garantizando la igualdad de oportunidades, a través de sus Planes de Igualdad.

2.4. Seguridad y Salud

Todas y todos los trabajadores que desarrollen su actividad laboral están obligados a cumplir las normas de Prevención de Riesgos Laborales establecidas en cada centro y puesto de trabajo y deberán colaborar activamente en la integración de la Prevención en todas las actividades desarrolladas en la empresa de acuerdo con las funciones y responsabilidades que tengan asignadas en el Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

Igualmente, todo el personal deberá fomentar el incremento de la Cultura Preventiva en la organización, promoviendo el cumplimiento de las buenas prácticas de seguridad y salud y comunicando cualquier irregularidad o situación que pueda suponer un riesgo, tanto para los trabajadores como para las instalaciones.

Asimismo, deberán hacer un uso responsable del equipamiento que tengan asignado cuando desarrollen actividades de riesgo y divulgarán entre sus compañeros, compañeras y subordinados los conocimientos adquiridos, promoviendo el cumplimiento de las prácticas de protección de riesgos.

2.5. Protección y cuidado de la marca, imagen y reputación corporativa

La empresa considera su imagen y reputación corporativa como uno de sus activos más valiosos para preservar la confianza de sus accionistas, clientes, personas trabajadoras, proveedores, autoridades, y de la sociedad en general.

Todo el personal debe poner el máximo cuidado en preservar la imagen y reputación de la empresa en todas sus actuaciones profesionales. Igualmente, vigilarán el respeto y uso correcto y adecuado de la imagen y reputación corporativa por parte de las personas trabajadoras de empresas contratistas y colaboradoras.

2.6. Respeto por el Medioambiente

Asumimos el compromiso de asegurar el mayor respeto al medio ambiente en el desarrollo de nuestras actividades, así como de minimizar los efectos negativos que, eventualmente, éstas pudieran ocasionar.

Todos los empleados y empleadas se comprometen a minimizar el impacto medioambiental derivado de sus actividades y a la utilización de las instalaciones, equipos y medios de trabajo puestos a su disposición, procurando un uso eficiente de los mismos.

2.7. Blanqueo de capitales e irregularidades de pago

La empresa cuenta con procedimientos y medidas adecuadas para prevenir que, en el desarrollo de sus actividades, se puedan llevar a cabo pagos irregulares o blanqueo de capitales con origen en actividades ilícitas o delictivas.

La empresa realiza controles específicos sobre todas las transacciones de naturaleza económica, tanto cobros como pagos y, especialmente sobre aquellas que por su naturaleza o cuantía puedan ser consideradas inusuales evitando especialmente aquellas que se realicen en efectivo, prohibiendo expresamente el cobro y/o pago de cuentas bancarias situadas en paraísos fiscales.

Los empleados y empleadas prestarán especial atención a aquellos casos en los que pudieran existir indicios, debiendo informar inmediatamente a la empresa de cualquier cobro y/o pago sobre el que se plantee duda.

2.8. Soborno, Regalos y Atenciones
Se establecen los siguientes principios de actuación con respecto a la prevención de cualquier práctica corrupta en el seno de la organización.

Aceptación y concesión de regalos

No podrá aceptarse ni concederse cualquier tipo de regalo cuya finalidad consista en que la persona, incumpliendo sus obligaciones, favorezca, directa o indirectamente, a la persona o entidad que lo conceda en la contratación de bienes o servicios. Solo se aceptarán regalos en supuestos admitidos por los usos sociales con arreglo a los siguientes criterios:

a. No se aceptarán ni concederán regalos cuando, por su valor o por las circunstancias en que se realizan, pueda entenderse que su motivo o finalidad excede de lo habitual.

b. No se aceptarán ni ofrecerán regalos de personas incursas en procesos de licitación de proveedores.

c. Se evitará cualquier conducta que pudiera constituir soborno o intento de soborno en relación con autoridades o funcionarios, ya sea directa o indirectamente a través de personas interpuestas.

2.9. Utilización de los activos de la empresa

Es deseo de la Dirección que su equipo humano haga un uso adecuado de los medios puestos a su disposición por parte de la empresa, tal y como se establece en el Plan de Acogida a personas trabajadoras de nueva incorporación.

2.10. Conflicto de intereses

Se consideran conflictos de interés todas aquellas circunstancias donde los intereses personales de las personas trabajadoras, de forma directa o indirecta, interfieren en el cumplimiento responsable y ético de sus deberes y responsabilidades profesionales o le involucran a título personal en alguna transacción u operación económica de la empresa, sus clientes o sus proveedores.

La relación de la empresa con sus empleadas y empleados debe basarse en la lealtad y la confianza, motivo por el cual deben evitarse toda situación en la que los intereses personales, de forma directa o indirecta, a través de familiares o amigos, puedan entrar en conflicto con los de la empresa.

2.11. Relaciones con los clientes

La empresa promueve el compromiso de calidad en la relación con sus clientes, de forma que establecerá las medidas necesarias para asegurar que la política de calidad sea practicada por todas las personas trabajadoras al servicio de los clientes.

Todos los empleados y empleadas deberán actuar de forma íntegra con los clientes de la empresa teniendo como objetivo la consecución de los más altos niveles de calidad y excelencia en el desarrollo de unas relaciones basadas en la confianza y el respeto mutuo.

En este sentido, todos los clientes serán tratados de una forma respetuosa, justa, honesta y acorde con los principios y valores fundamentales de la empresa.

La relación con los clientes ha de basarse en la eficacia, profesionalidad, mentalidad de servicio y colaboración, buscando satisfacer sus necesidades, aportándoles soluciones competitivas y de calidad.

2.12. Relaciones con los proveedores

El Grupo Agromotor promoverá el establecimiento de relaciones estables con sus proveedores y empresas colaboradoras basadas en la confianza, en la exigencia de la máxima calidad, la transparencia, la búsqueda de la mejora continua y el beneficio mutuo, impulsando actividades de innovación y desarrollo.

Para ello las relaciones con los proveedores deberán ajustarse a un marco de colaboración mutua que facilite la consecución de objetivos por ambas partes, por lo que el tratamiento ha de ser de igual a igual y siempre dentro del marco legal.

La selección de proveedores deberá realizarse conforme a los procedimientos vigentes en cada momento, garantizándose la transparencia, igualdad de trato y la utilización de criterios objetivos.

Todas las personas trabajadoras que participen en la contratación de servicios o compra de bienes tienen la obligación de actuar con total independencia, imparcialidad y objetividad, aplicando criterios de calidad y coste y evitando la colisión de sus intereses personales con los de la empresa.

2.13. Relaciones con autoridades y funcionarios

Las personas trabajadoras se relacionarán con las autoridades e instituciones públicas de forma lícita, ética, respetuosa y alineada con las disposiciones para la prevención de la corrupción y el soborno.

2.14. Confidencialidad de la información y protección de datos personales

El personal del Grupo Agromotor tiene la obligación de proteger la información y el conocimiento generado en el seno de la organización, de su propiedad o que custodia.

Se adjunta a este Código Ético como Anexo I, el documento de confidencialidad de datos adaptado al RGPD vigente y que la persona trabajadora firma junto con el contrato de trabajo

2.15. Cumplimiento de la norma

El presente Código Ético y de Conducta establece los principios y compromisos de ética empresarial que el Grupo Agromotor y sus personas trabajadoras deben respetar y cumplir en el ejercicio de sus actividades.

El contenido del presente Código Ético y de Conducta será comunicado periódicamente a todas y todos los empleados. Todas aquellas personas que se incorporen a la organización deberán aceptar expresamente los principios éticos contenidos en el presente Código.

Para velar por el cumplimiento del presente Código, resolver incidencias o dudas sobre su interpretación y adoptar las medidas adecuadas para su mejor cumplimiento, se crearán tres Comités Éticos siguiendo criterios de ubicación geográfica de las diferentes sociedades del Grupo Agromotor, con objeto de garantizar el mayor conocimiento y adaptación a cada realidad.

 Comité Ético para las empresas con centro de trabajo en Vitoria (Álava) y Miranda de Ebro (Burgos).
 Comité Ético para las empresas con centro de trabajo en Logroño y Calahorra (La Rioja).
 Comité Ético para las empresas con centro de trabajo en Barakaldo (Vizcaya).

Cada Comité Ético estará compuesto por el responsable de Compliance, el Gerente y un representante legal de las personas trabajadoras en aquellas empresas que cuenten con representación legal. En las empresas sin representación sindical, una persona trabajadora elegida por sus compañeros y compañeras.

Si se detecta un comportamiento en el que se está implicado o no y siempre que crea que puede suponer un incumplimiento del Código Ético y de Conducta se debe realizar la consulta o informar inmediatamente.

Los canales de consulta e información sobre todo lo relacionado en este Código Ético y de Conducta son:
• Enviando un mail a canaldedenuncias@grupoagromotor.net (se cumplimentará, en su caso, el impreso Formulario Denuncia)
• Acceso al Código Ético y de Conducta y al canal de denuncias a proveedores y terceros a través de la página web.

Cualquier duda que pudiera surgir en la interpretación y/o aplicación del presente Código deberá ser puesta en conocimiento del responsable de Compliance o el Comité Ético.

Nadie, con independencia de su nivel jerárquico, podrá solicitar a una empleada o empleado el incumplimiento del Código Ético y de Conducta de la empresa. De la misma forma, ninguna empleada o empleado podrá amparar dicho incumplimiento en la existencia de la orden de un superior o en el desconocimiento del Código Ético y de Conducta.

Todas las personas trabajadoras tienen la obligación de informar a su superior jerárquico o al Comité Ético, de cualquier incumplimiento o conducta impropia que observasen en el cumplimiento de sus actividades.

La empresa garantiza que la presentación de buena fe de cualquier tipo de denuncia de dichas conductas a través de los canales establecidos a estos efectos no supondrá represalia alguna para la o el denunciante. Asimismo, todas las personas tienen derecho a su presunción de inocencia y al honor y a su imagen, por lo que no se tolerarán falsas denuncias destinadas a causar un daño a otra persona.

La vulneración o incumplimiento de este Código que constituya una falta de carácter laboral se sancionará con arreglo a la normativa vigente aplicando el Régimen Sancionador implantado en la organización, sin perjuicio de otras responsabilidades en que el infractor hubiera podido concurrir.

2.16. Vigencia

El presente Código ha sido actualizado del Código de Conducta inicial, aprobado con fecha 16 de diciembre de 2016 por el Consejo de Administración del Grupo Agromotor y queda aprobada su actualización con fecha 20 de abril de 2023.

El Código Ético y de Conducta entra en vigor en el día de su publicación y difusión interna a todos sus empleadas y empleados y estará vigente en tanto en cuanto no se comunique su modificación o derogación.

El presente Código se revisará y actualizará a propuesta del Comité Ético, y en todo caso anualmente.